¿Qué es la NOM-035-STPS-2018?
La NOM-035-STPS es
una reglamentación emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que
tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y
prevenir los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral, así como
para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
la OIT (Organización internacional del trabajo) señaló
que la atención de los factores de riesgo psicosocial es un problema global que
afecta a todos los países, todas las profesiones y todos los trabajadores,
tanto en los países desarrollados como en desarrollo.
Dicho enfoque requiere del compromiso de patrones y
trabajadores para cumplir con sus responsabilidades en la materia y fomentar el
desarrollo de una cultura de prevención de riesgos de trabajo en la sociedad
mexicana.
Bibliografía: http://trabajoseguro.stps.gob.mx/bol086/vinculos/salud_bol086.pdf
Obligaciones de los trabajadores:
- Observar las medidas de prevención y, en su caso, de control, así como las que establezca el patrón para: controlar los factores de riesgo psicosocial, colaborar para contar con un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral
- Abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral.
- Participar en la identificación de los factores de riesgo psicosocial y, en su caso, en la evaluación del entorno organizacional.
- Informar sobre prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y denunciar actos de violencia laboral, utilizando los mecanismos que establezca el patrón para tal efecto y/o a través de la comisión de seguridad e higiene, a que se refiere la NOM-019-STPS-2011, o las que la sustituyan.
- Informar por escrito al patrón directamente, a través de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo o de la comisión de seguridad e higiene; haber presenciado o sufrido un acontecimiento traumático severo. El escrito deberá contener al menos: la fecha de elaboración; el nombre del trabajador que elabora el escrito; en su caso, el nombre de los trabajadores involucrados; la fecha de ocurrencia, y la descripción del(los) acontecimiento(s).
- Participar en los eventos de información que proporcione el patrón.
- Someterse a los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas que determinan la presente Norma y/o las normas oficiales mexicanas que al respecto emitan la Secretaría de Salud y/o la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a falta de éstas, los que indique la institución de seguridad social o privada, o el médico o psicólogo o psiquiatra del centro de trabajo o de la empresa.
Obligaciones del patrón:
La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberán realizarse de conformidad con lo siguiente:
Los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, únicamente deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, incluyendo a todos los trabajadores, y Los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional.
La identificación y análisis de los
factores de riesgo psicosocial deberá contemplar lo siguiente:
- La falta de control sobre el trabajo.
El control sobre el trabajo es la posibilidad que tiene el trabajador para
influir y tomar decisiones en la realización de sus actividades. La iniciativa
y autonomía, el uso y desarrollo de habilidades y conocimientos, la
participación y manejo del cambio, así como la capacitación son aspectos
que dan al trabajador la posibilidad de influir sobre su trabajo.
Estos elementos, cuando son inexistentes o escasos, se convierten en un
factor de riesgo.
Este
factor de riesgo sólo aplica en aquellos procesos y/o actividades en los que se
requiere toma de decisiones y el trabajador cuenta con conocimientos y
experiencia necesaria para tal efecto;
- Las jornadas de trabajo y rotación de turnos que exceden lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. Representan una exigencia de tiempo laboral que se hace al trabajador en términos de la duración y el horario de la jornada, se convierte en factor de riesgo psicosocial cuando se trabaja con extensas jornadas, con frecuente rotación de turnos o turnos nocturnos, sin pausas y descansos periódicos claramente establecidos y ni medidas de prevención y protección del trabajador para detectar afectación de su salud, de manera temprana;
- Interferencia en la relación trabajo-familia. Surge cuando existe conflicto entre las actividades familiares o personales y las responsabilidades laborales; es decir, cuando de manera constante se tienen que atender responsabilidades laborales durante el tiempo dedicado a la vida familiar y personal, o se tiene que laborar fuera del horario de trabajo;
Liderazgo y relaciones
negativos en el trabajo:
- El liderazgo negativo en el trabajo hace referencia al tipo de relación que se establece entre el patrón o, sus representantes y los trabajadores, cuyas características influyen en la forma de trabajar y en las relaciones de un área de trabajo y que está directamente relacionado con la actitud agresiva y/o impositiva; falta de claridad de las funciones en las actividades, y escaso o nulo reconocimiento y retroalimentación del desempeño, y el concepto de relaciones negativas en el trabajo se refiere a la interacción que se establece en el contexto laboral y abarca aspectos como la imposibilidad de interactuar con los compañeros de trabajo para la solución de problemas relacionados con el trabajo, y características desfavorables de estas interacciones en aspectos funcionales como deficiente o nulo trabajo en equipo y apoyo social.
La violencia laboral, de conformidad con lo
siguiente:
- Acoso, acoso psicológico: Consiste en acciones de intimidación sistemática y persistente, tales como: descrédito, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales llevan al trabajador a la depresión, al aislamiento, a la pérdida de su autoestima.
- Hostigamiento: El ejercicio de poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas
- Malos tratos: Aquellos
actos consistentes en insultos, burlas, humillaciones y/o
ridiculizaciones del trabajador, realizados de manera continua y
persistente (más de una vez y/o en diferentes ocasiones).
La evaluación del entorno organizacional favorable deberá comprender
· El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa;
· La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas;
· La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores;
· La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores;
· La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares, y
· La evaluación y el reconocimiento del desempeño.
Medidas de prevención y
acciones de control de los factores de riesgo psicosocial, de la violencia
laboral, y promoción del entorno organizacional favorable
- Establecer acciones para la prevención de los factores de riesgo psicosocial que impulsen: el apoyo social, la difusión de la información y la capacitación;
- Disponer de mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral, y
- Realizar acciones que promuevan el
sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización;
la capacitación para la adecuada realización de las tareas encomendadas;
la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la
organización; la participación proactiva y comunicación entre sus
integrantes; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas
laborales regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación
y el reconocimiento del desempeño.
Bibliografía: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&fecha=23/10/2018